4. Regalías: cómo se cobra
Una canción genera dos tipos de derechos: los de la grabación y los de la obra. Quién cobra cada uno, por dónde pasa y qué esperar.
Cada canción son dos cosas distintas ante la ley: la composición y la grabación. Cada una genera sus propios ingresos, por caminos distintos. La mayoría de los músicos independientes cobra solo una, porque no sabe que existe la otra.
Los dos lados
La obra (composición y letra)
La canción en sí: la melodía, la armonía y la letra. Pertenece a quienes la escribieron, y seguiría siendo la misma si la grabara otra banda.
Genera: derechos de ejecución pública y derechos mecánicos. Se cobra por: la sociedad de autores de tu país o una editorial.
La grabación (fonograma o máster)
Esta grabación concreta de la canción. Pertenece a quien la produjo y la pagó. Si grabaste todo vos, sos el productor.
Genera: lo que pagan las plataformas por reproducir la grabación, y derechos conexos por difusión pública. Se cobra por: tu distribuidor y las sociedades de intérpretes y productores.
Qué cobra cada uno
- Distribuidor: lo que las plataformas pagan por la grabación. Es lo primero que vas a ver.
- Sociedad de autores: lo que se paga por la obra, incluida una parte del streaming y lo que suena en radio, TV y lugares públicos.
- Derechos mecánicos: por la reproducción de la obra. Según el país, los gestiona la sociedad de autores u otra entidad.
- Derechos conexos: cuando la grabación suena en radio, TV o locales, le corresponde un pago a intérpretes y productores. Tu distribuidor no suele cobrarlos.
Cuánto es, en realidad
Conviene tener expectativas realistas.
- Spotify no paga un monto fijo por reproducción: reparte un porcentaje de sus ingresos según la participación de cada tema. Por eso depende del país y del tipo de cuenta.
- Una estimación habitual está entre 0,003 y 0,005 dólares por reproducción, antes de repartir con el distribuidor. Es orientativa.
- Mínimo: en Spotify, un tema necesita 1000 reproducciones en 12 meses para generar regalías por la grabación.
Con esas cifras, 100.000 reproducciones son unos pocos cientos de dólares. Publicar te va a dar poco al principio. El valor de que esté registrado aparece con el tiempo y si el tema circula.
Si hay más personas
Quién cobra se decide antes de publicar, por escrito, aunque sea un mensaje claro y aceptado por todos.
- Obra: cuánto corresponde a cada autor de música y letra.
- Grabación: quién la pagó y quién tocó.
- Muestras y colaboraciones: cualquier material ajeno necesita autorización.
Con una banda, acordar los repartos es fácil antes de que haya dinero o una pelea. Después es muy difícil, y sin ese acuerdo puede frenarse el registro y el cobro.
Reclamos y sample
Si usás una muestra o una pista comprada, leé la licencia: muchas no permiten publicarlas en exclusiva ni usarlas con Content ID. Las versiones de canciones ajenas también requieren licencia para la obra, y algunos distribuidores la gestionan.
Errores comunes
Lo que NO tenés que perseguir todavía
Ruta rápida — regalías
Ruta rápida
- Identificá quién compuso y quién grabó.
- Acordá los repartos por escrito.
- Cobrá la grabación por tu distribuidor.
- Registrate como autor para cobrar la obra.
- Registrá el fonograma para los derechos conexos.
- Revisá las licencias de todo material ajeno.
Resultado esperado
Resultado esperado
Sabés qué derechos genera tu canción y quién cobra cada uno, con los repartos acordados y expectativas realistas. Para cobrar lo que falta, hay que hacer los trámites: el registro.