5. Registrar la obra y el fonograma
Qué registrar y dónde para cobrar lo que corresponde, con el caso de Argentina como ejemplo y sus cambios recientes.
Podés publicar sin registrar nada. Registrar sirve para dejar constancia de lo que hiciste y para cobrar los derechos que tu distribuidor no cobra. Los trámites cambian según el país, así que acá va la lógica general y Argentina como ejemplo.
Qué hay que registrar
Tres cosas, tres destinos
- La obra: como constancia de autoría, en el registro de derecho de autor de tu país.
- La obra, para cobrar: en una sociedad de autores.
- El fonograma y tu interpretación: en las entidades de productores e intérpretes.
En otros países, las entidades equivalentes a las de autores son, por ejemplo, ASCAP y BMI en Estados Unidos, SGAE en España o SACM en México. Buscá la de tu país.
El ejemplo de Argentina
- Constancia de la obra: Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA).
- Autores y compositores: SADAIC, con la declaración de cada obra.
- Intérpretes: AADI.
- Productores de fonogramas: CAPIF, que también gestiona el código de productor para ISRC.
- Para aprender más: el Instituto Nacional de la Música (INAMU) publica un manual sobre derechos intelectuales en la música, y es un buen punto de partida.
El orden práctico
- Reuní los datos: títulos, autores, porcentajes, duración, ISRC y fecha.
- Registrá la obra en el registro de autor, si corresponde en tu país.
- Asociate a una sociedad de autores y declará tus obras.
- Registrá el fonograma si sos el productor de la grabación.
- Registrá tu interpretación, si tocaste o cantaste.
La música puede salir sin esto. Pero las sociedades suelen pagar lo que se ha declarado, y lo que no se reclama a tiempo se puede perder. Conviene hacerlo cuando empieces a publicar con regularidad.
Cobrar desde otro país
Las plataformas pagan en dólares, a través de tu distribuidor, con PayPal, transferencia u otros medios según el país. Antes de elegir distribuidor, comprobá qué método funciona donde vivís, cuánto cobra y cuál es el mínimo de retiro. Esta guía no tiene información confiable y actualizada sobre impuestos y cobros en Argentina: consultalo con un contador si empezás a recibir montos importantes.
Cuándo hacerlo
- Lanzamiento de prueba: podés esperar.
- Empezás a publicar de forma regular: hacelo, porque se trata de una vez para asociarte y después un trámite por tema.
- Suena en radio, TV o lugares públicos: hacelo ya.
- Hay varias personas: primero acuerden los repartos, porque se piden al declarar.
Errores comunes
Lo que NO tenés que perseguir todavía
Ruta rápida — registro
Ruta rápida
- Publicá sin esperar esto, si te traba.
- Guardá el ISRC, los autores y los porcentajes.
- Buscá las entidades de tu país y confirmá sus requisitos.
- Registrá la obra.
- Asociate a una sociedad de autores y declará tus temas.
- Registrá el fonograma y tu interpretación.
Resultado esperado
Resultado esperado
Tus canciones registradas donde corresponde, y sabés qué cobra cada entidad. Si todavía no lo hiciste, tenés los datos listos para cuando te convenga. Queda el tema más nuevo: la IA.