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5. Registrar la obra y el fonograma

Qué registrar y dónde para cobrar lo que corresponde, con el caso de Argentina como ejemplo y sus cambios recientes.

Podés publicar sin registrar nada. Registrar sirve para dejar constancia de lo que hiciste y para cobrar los derechos que tu distribuidor no cobra. Los trámites cambian según el país, así que acá va la lógica general y Argentina como ejemplo.

Qué hay que registrar

Tres cosas, tres destinos

  1. La obra: como constancia de autoría, en el registro de derecho de autor de tu país.
  2. La obra, para cobrar: en una sociedad de autores.
  3. El fonograma y tu interpretación: en las entidades de productores e intérpretes.

En otros países, las entidades equivalentes a las de autores son, por ejemplo, ASCAP y BMI en Estados Unidos, SGAE en España o SACM en México. Buscá la de tu país.

El ejemplo de Argentina

El orden práctico

  1. Reuní los datos: títulos, autores, porcentajes, duración, ISRC y fecha.
  2. Registrá la obra en el registro de autor, si corresponde en tu país.
  3. Asociate a una sociedad de autores y declará tus obras.
  4. Registrá el fonograma si sos el productor de la grabación.
  5. Registrá tu interpretación, si tocaste o cantaste.
🟠 Mejor ajustarlo ahora· en distribución

La música puede salir sin esto. Pero las sociedades suelen pagar lo que se ha declarado, y lo que no se reclama a tiempo se puede perder. Conviene hacerlo cuando empieces a publicar con regularidad.

Cobrar desde otro país

Las plataformas pagan en dólares, a través de tu distribuidor, con PayPal, transferencia u otros medios según el país. Antes de elegir distribuidor, comprobá qué método funciona donde vivís, cuánto cobra y cuál es el mínimo de retiro. Esta guía no tiene información confiable y actualizada sobre impuestos y cobros en Argentina: consultalo con un contador si empezás a recibir montos importantes.

Cuándo hacerlo

  • Lanzamiento de prueba: podés esperar.
  • Empezás a publicar de forma regular: hacelo, porque se trata de una vez para asociarte y después un trámite por tema.
  • Suena en radio, TV o lugares públicos: hacelo ya.
  • Hay varias personas: primero acuerden los repartos, porque se piden al declarar.

Errores comunes

Lo que NO tenés que perseguir todavía

Ruta rápida — registro

Ruta rápida

  1. Publicá sin esperar esto, si te traba.
  2. Guardá el ISRC, los autores y los porcentajes.
  3. Buscá las entidades de tu país y confirmá sus requisitos.
  4. Registrá la obra.
  5. Asociate a una sociedad de autores y declará tus temas.
  6. Registrá el fonograma y tu interpretación.

Resultado esperado

Resultado esperado

Tus canciones registradas donde corresponde, y sabés qué cobra cada entidad. Si todavía no lo hiciste, tenés los datos listos para cuando te convenga. Queda el tema más nuevo: la IA.